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A raíz del anuncio del citado proyecto de ley, la Academia ha
elaborado un completo informe -al que ha tenido acceso Efe- sobre la
expresión "violencia de género", en el que analiza el origen
de la misma y la conveniencia de su uso en español, además de aportar
documentación de las diversas modalidades utilizadas en español para
expresar el concepto.
Tras las consultas realizadas en Internet (Google) y en el propio Banco de
Datos de la Academia (Corpus de referencia del español actual), queda
claro que "violencia doméstica" es la expresión "más
utilizada con bastante diferencia en el ámbito hispánico" (100.000
documentos en Google), doblando, o triplicando incluso, a la expresión
"violencia intrafamiliar" (45.000 documentos) muy frecuente en
Hispanoamérica, junto con "violencia familiar" (30.000) y
"violencia contra las mujeres" (35.800).
Pero antes de llegar a esta conclusión, la Academia recuerda que la
expresión "violencia de género" es la traducción del inglés
"gender-based violence" o "gender violence", difundida
a raíz del Congreso sobre la Mujer celebrado en Pekín en 1995, y con la
que se identifica "la violencia, tanto física como psicológica, que
se ejerce contra las mujeres por razón de su sexo".
En su informe, aprobado por el pleno académico el pasado 13 de mayo, la
RAE señala que la palabra "género" tiene en español los
sentidos generales de "conjunto de seres establecido en función de
características comunes" y "clase o tipo": "Hemos
clasificado sus obras por géneros" y "Ese género de vida puede
ser pernicioso para la salud", son los ejemplos que aporta.
Recuerda además el significado gramatical de género y su clasificación
en masculino, femenino y, en algunas lenguas, también en neutro, e indica
que para designar la condición orgánica, biológica, por la cual los
seres vivos son masculinos o femeninos, "debe emplearse el término
'sexo'". Es decir, "las palabras tienen 'género' y no 'sexo',
mientras que los seres vivos tienen 'sexo' (y no 'género').
"En español no existe tradición de uso de la palabra 'género' como
sinónimo de 'sexo'", afirma la Academia, para la que es "muy
importante" tener en cuenta que "en la tradición cultural española
la palabra 'sexo' no reduce su sentido al aspecto meramente biológico".
Pone como ejemplo lo que ha significado la oposición de las expresiones
"sexo fuerte"/"sexo débil", "cuyo concepto está,
por cierto, debajo de buena parte de las actuaciones violentas".
En inglés se documenta desde antiguo "un uso traslaticio de 'gender'
como sinónimo de 'sex'", y el sentido que se le dio a
"gender" a partir de los años sesenta, ha pasado del inglés a
otras lenguas, entre ellas el español.
Así, mientras con la voz "sexo" se designa "una categoría
meramente orgánica, biológica, con "género" se ha venido
aludiendo "a una categoría sociocultural que implica diferencias o
desigualdades de índole social, económica, política, laboral,
etc". En esa línea se dice "estudios de género",
"discriminación de género", "violencia de género".
Quienes critican la expresión "violencia doméstica" lo hacen
porque, en sentido estricto, "podría aplicarse a toda violencia
ejercida entre familiares de un hogar (y no sólo entre los miembros de la
pareja) o incluso entre personas que, sin ser familiares, viven bajo el
mismo techo". Quedarían fuera también los casos de violencia contra
la mujer ejercida por parte del novio o compañero sentimental con el que
no conviva.
De cara a una "Ley integral", la Academia considera que la
expresión "violencia doméstica", tan arraigada en el uso,
"tiene precisamente la ventaja de aludir, entre otras cosas, a los
trastornos y consecuencias que esa violencia causa no sólo en la persona
de la mujer sino del hogar en su conjunto".
Por lo tanto, y para que la futura ley incluya en su denominación la
referencia a los casos de violencia contra la mujer ejercida por parte del
novio o compañero sentimental con el que no conviva, podría añadirse
"o por razón de sexo".
"La denominación completa más ajustada sería 'Ley integral contra
la violencia doméstica o por razón de sexo'", señala la Academia,
que, en la misma línea, recomienda que se sustituya la expresión
"impacto por razón de género" por la de "impacto por razón
de sexo", en consonancia con lo que la Constitución establece en su
artículo 14 al hablar de la no discriminación "por razón de
nacimiento, raza, sexo..."
En los medios de comunicación españoles "predomina hoy, bien que
con titubeos", la denominación "violencia doméstica", se
añade en el informe, en el que se concluye que "la opción lingûística
que la próxima Ley adopte resultará claramente decisiva para fijar el
uso común. De ahí la necesidad, a juicio de la Real Academia Española,
de que el Gobierno considere su propuesta".
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